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Cuarto Número

Presentación

CONTRIBUCIÓN FUNDAMENTAL PARA CONOCER EL FUNCIONAMIENTO DE LA ECONOMÍA

Agradezco la invitación del doctor César Augusto Domínguez Crespo, director de la Revista Mexicana de Derecho Financiero y Tributario a escribir una reflexión en este cuarto número de la misma. El Derecho no es una disciplina familiar pero como economista y funcionaria pública, es un área con la cual me siento muy cercana. Pensar en términos legales está más allá de mis áreas de estudio, sin embargo, esto no es un limitante para abordarlo. Mi reflexión va en torno al funcionamiento de las economías y sociedades. Idealmente, en una sociedad en la que existen un sinfín de recursos tangibles e intangibles, suficientes e insuficientes, el funcionamiento de la economía resulta fundamental para que los ciudadanos cubran sus necesidades básicas y secundarias.

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El Cobro de un Impuesto Abrogado, IETU

El Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (ed. 2007), define la abrogación como la “supresión total de la vigencia y, por lo tanto, de la obligatoriedad de una ley”.

Abrogar una Ley es un acto que puede darse de forma tácita frente a la emisión de una nueva ley que deje sin efectos una anterior o la hace incompatible con las nuevas disposiciones; o bien, existe una abrogación expresa cuando una nueva ley declara la abrogación de otra.

En materia tributaria es común la práctica legislativa de crear una “nueva” ley cuando existen cambios relevantes a la legislación anterior. Ese es el caso de la nueva ley del Impuesto sobre la Renta que entró en vigor en enero de 2014.

En estricto sentido, la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta regula un impuesto prácticamente idéntico al regulado por la ley anterior; algunos ajustes que el legislador consideró significativos le sirvieron de sustento para hablar de una nueva Ley.

Lo que no ocurre tan a menudo es la eliminación de un impuesto en todas sus partes.

Por citar algunos ejemplos de impuestos eliminados en los últimos años recordamos:

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Prohibición de discriminación: la igualdad en materia tributaria y su aplicación efectiva

Juan Arrieta Martínez de Pisón *

 Resumen

El principio de igualdad es un principio básico contemplado en la Constitución española (CE) de 1978 que conforma, junto con otros principios constitucionales, los principios de justicia tributaria. El principio de igualdad se recoge en distintos preceptos de la CE (artí- culos 1, 9, 14 y 31) con un diferente alcance y protección. La igualdad tributaria se consagra fundamentalmente en el artículo 31 de la CE, dado que el artículo 14 prohíbe una discriminación basada en una diferenciación de índole subjetiva (prohibiría discriminaciones fiscales en razón de criterios subjetivos) y el artículo 31, en cambio,prohíbe la discriminación fundada en elementos objetivos (proscribe desigualdades de trato en el reparto de la carga tributaria sobre la base de circunstancias o criterios objetivos). No obstante, el Tribunal Constitucional español (TC) permite que la ley establezca un trato desigual cuando se cumplan tres reglas; (i) que la desigualdad se haga sobre unos términos de comparación homogéneos; (ii) que la discriminación tenga una justificación objetiva y razonable; y (iii) que la desigualdad arbitrada en la ley se mantenga dentro de los límites de la proporcionalidad evitando resultados especialmente gravosos o desmedidos. Tales requisitos se analizan en este estudio desde la perspectiva de la doctrina científica y del TC. Igualmente se estudian en este trabajo las dos vertientes más del principio de igualdad referida a su dimensión territorio y en materia de gastos.

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La nueva dimensión del Derecho al debido proceso en el contexto tributario

La reforma al artículo 1º constitucional de 2011 trajo consigo toda una nueva dimensión de los Derechos Humanos en México. A partir de dicha reforma, a criterio de los autores también entran en una nueva etapa las garantías procesales en materia tributaria. El propósito de este artículo es mostrar los alcances de estas novedades.

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Las medidas antiabuso en los convenios para evitar la doble imposición celebrados por México

Juan Manuel Ortega Maldonado *

César Augusto Domínguez Crespo *

Las llamadas medidas antiabuso guardan una particular relevancia tanto en la normativa interna de los estados como en los convenios para evitar la doble tributación internacional. En este artículo se analiza la relevancia de las mismas en la práctica convencional mexicana, para distinguir las clases y resaltar algunas peculiaridades de las mismas.

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Derecho a la libertad: aspectos materiales y procedimentales del delito de defraudación tributaria

Félix Alberto Vega Borrego *

En este trabajo se analizan algunos aspectos materiales y procedimentales del delito de defraudación tributaria en la normativa española. Se presta especial atención a la peculiar posición que tiene la administración tributaria en los procedimientos penales por delito fiscal.

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Notas de política fiscal en México

La Política Fiscal En México *

El presente artículo trata al respecto de la importancia que viene adquiriendo la política fiscal en México como contingente de la política monetaria, pero sobre todo ante la menor dependencia fiscal de los ingresos de las ventas del petróleo, lo cual involucra reformas estructurales de las que destaca la energética, al laboral y la fiscal, así como un redimensionamiento del papel económico del Estado como sujeto económico.

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Revista Mexicana de Derecho Financiero y Tributario / Mexican Review of Public Finance and Tax Law, volumen 1, núm. 4, julio-diciembre 2015, es una publicación semestral editada por la Universidad de Guanajuato, a través de la División de Ciencias Económico Administrativas, Departamento de Gestión y Dirección de Empresas, Fraccionamiento 1; Col. El Establo S/N; C.P. 36250; Guanajuato, Gto., México. Tel. (473) 735 2900, www.revistamdft.ugto.mx, revistamdft@ugto.mx, Editor responsable: César Augusto Domínguez Crespo, Diseño de logo: Melania Morúa González, Obra pictórica de la portada: Jorge Arturo Fonseca Gómez, Diseño de portada: Ma. Adriana Chagoyán Silva, Formación: Ángel Hernández Carrillo, Corrección: A. J. Aragón. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo vía red de computo: 04-2013-091811081200-203, del 18 de septiembre de 2013, ISSN: 2007-9303, ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de este número, César Augusto Domínguez Crespo, Fraccionamiento 1; Col. El Establo S/N; C.P. 36250; Guanajuato, Gto., Tel. (473) 735 2099, fecha de última modificación, agosto de 2014. Las opiniones expresadas por los autores no reflejan necesariamente la postura del editor de la publicación. Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización de la Universidad de Guanajuato.

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