El Cobro de un Impuesto Abrogado, IETU
El Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (ed. 2007), define la abrogación como la “supresión total de la vigencia y, por lo tanto, de la obligatoriedad de una ley”.
Abrogar una Ley es un acto que puede darse de forma tácita frente a la emisión de una nueva ley que deje sin efectos una anterior o la hace incompatible con las nuevas disposiciones; o bien, existe una abrogación expresa cuando una nueva ley declara la abrogación de otra.
En materia tributaria es común la práctica legislativa de crear una “nueva” ley cuando existen cambios relevantes a la legislación anterior. Ese es el caso de la nueva ley del Impuesto sobre la Renta que entró en vigor en enero de 2014.
En estricto sentido, la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta regula un impuesto prácticamente idéntico al regulado por la ley anterior; algunos ajustes que el legislador consideró significativos le sirvieron de sustento para hablar de una nueva Ley.
Lo que no ocurre tan a menudo es la eliminación de un impuesto en todas sus partes.
Por citar algunos ejemplos de impuestos eliminados en los últimos años recordamos: